LA EMPRESA: LOS CONTRATOS VERBALES (DE PALABRA)

26.03.2018 20:20
 
La  relación laboral se inicia mediante un contrato de trabajo que es celebrado entre un empleador y un trabajador. En el mismo es oportuno dejar constancia de las condiciones y los beneficios económicos y otros que se otorgarán; cuando las partes están de acuerdo entonces se valida el contrato.
 
¿Pero qué pasa cuando este contrato se hace de manera verbal?  Si bien es válido, no tiene la formalidad del caso y cualquiera de las partes podría desistir. Es el caso del que he sido testigo, el contrato se hizo de manera verbal y a dos semanas de iniciar el contrato laboral el contratado desistió.  Siendo que la oferta de trabajo era para un puesto gerencial se daba por sobrentendido que la negociación por el puesto de confianza en cuanto a condiciones y sueldo había quedado resuelta y en firme. Se había hablado de los términos y fueron aceptados. Tras ello el contratado desistió, hecho que tomó a todos por sorpresa.
 
Como enseñanza podemos sacar que este tipo de contratos deben hacerse de manera escrita de modo que el contratado tenga la seguridad de que está registrado en la planilla de la empresa y de que ya goza de todos los beneficios laborales. Por otro lado lo firmado también le da tranquilidad al empleador ya que así sabe que la selección y evaluación de personal ha dado un resultado positivo y ya tiene cubierta una plaza. Como ya lo dijimos oportunamente: "Verba volant, scrīpta manent" (Las palabras vuelan, lo escrito queda). A algunos esta afirmación podrá parecerles un tanto injusta pero en nuestro ámbito latinomericano es así.